Los comercios que venden pilas tienen la obligación de recoger y reciclar todas las unidades.
Este aspecto queda regulado por el Real Decreto 106/2008 sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos.
Los distribuidores y fabricantes han de disponer de sistemas propios de gestión y en caso de no disponer de ellos, deberán contribuir económicamente a los sistemas públicos que pueden ser puntos urbanos (verdes) de recogida, en los propios establecimientos comerciales donde las distribuyan etc.…
Las obligaciones principales de los distribuidores son:
• Aceptar en sus puntos de venta el retorno de pilas sin cargo para el usuario final.
• Facilitar la financiación de Sistemas Integrados de Gestión exigiendo la declaración separada en factura del importe de la contribución al Sistema.
• Informar a los consumidores sobre la posibilidad de entregar, en sus propios puntos de venta, acumuladores y pilas usadas.
• Informar a los consumidores que en el precio de venta de las pilas o acumuladores, está incluido en coste de la gestión ambiental del producto.
• Darse de alta como productor, cuando proceda.
Pide a tu proveedor que te desglose en factura el importe destinado al reciclaje y, si es el caso, hacer constar a que Sistema Integrado de Gestión pertenece.